Software ContableConoce todo lo referente al Bono para el Pago de Cotizaciones PYMES

Conoce todo lo referente al Bono para el Pago de Cotizaciones PYMES

El bono destinado al pago de cotizaciones PYMEs, viene a ofrecer grandes beneficios a la comunidad de empresarios. Principalmente, a quienes se han visto seriamente perjudicados por la aparición del Covid-19. Los mismos han sido pensados en darles un impulso, y salir a flote en estos momentos tan difíciles que experimenta la economía mundial.

Los montos asignados en este bono, están sometidos a consideraciones como el monto mayor de cotizaciones devengadas durante el mes de enero, febrero o marzo del año 2021. También podrá ser el correspondiente al último mes, donde se ven reflejadas las cotizaciones declaradas y que no fueron canceladas.

Debes conocer cuáles son los requisitos para obtener este financiamiento

Para ser seleccionado como beneficiario, tendrás que cumplir los requisitos mencionados a continuación.

  • Haber iniciado la actividad económica, contemplada en primera categoría antes del 31 de marzo de 2020.
  • No contar con una nómina de trabajadores menor a 49, a fecha 31 de marzo de 2021.
  • Los trabajadores que incurrieron en algún tipo de suspensión temporal, con fecha antes del 31 de marzo, deben haber percibido algún tipo de remuneración de la AFC.
  • Ceñirse a los lineamientos establecidos por el Régimen ProPyme General o ProPyme Transparente.
  • Se excluyen de este tipo de solicitudes aquellas empresas que ejerzan alguna actividad de tipo financiero o relacionada con seguros.

De manera obligatoria los aspirantes deben cumplir con los puntos señalados anteriormente, cumpliendo además con algunos de los dos requisitos adicionales presentados a continuación.

  • Haber percibido ingresos al menos de dos meses, en el año 2020 o 2021. Esto debe coincidir con el periodo tributario del mes de abril, el cual se cancela en el mes de mayo.
  • Haber realizado la contratación de al menos un empleado durante el año 2020.

Consideraciones importantes

  • Todas aquellas personas de carácter natural o jurídico, quienes posean empresas a pequeña o mediana escala, de haber resultado beneficiadas con la asignación del Bono Alivio Mypes y aún tenían deudas de cotizaciones, están en la obligación de haber resguardado el 30% del monto total del bono para el pago de la deuda correspondiente.
  • El monto asignado por este beneficio, solo podrá ser utilizado para cancelar 18 cotizaciones de carácter previsional. Debe realizarse la solicitud a partir del 18 de agosto hasta el 18 de octubre.

¿Cómo se efectuará el reembolso del anticipo?

Los optantes a este tipo de beneficio, tendrán que realizar el respectivo reembolso del préstamo asignado, distribuido en 5 cuotas anuales. A partir de la Operación Renta 2023.

  • 2023: ª cuota con un aporte del 20% del beneficio.
  • 2024: ª cuota con un aporte del 20% del beneficio.
  • 2025: ª cuota con un aporte del 20% del beneficio.
  • 2026: ª cuota con un aporte del 20% del beneficio.
  • 2027: ª cuota con un aporte del 20% del beneficio.

Cada una de estas cuotas no debe superar el 10% de sus rentas, y de existir un saldo pendiente posterior a la 5.ª cuota este podrá ser absuelto.

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