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Uso del IVA CF por compras en supermercados y restaurantes

Para nosotros es importante mantenerlos informados en relación con las acciones llevadas por la entidad fiscalizadora (SII).


Como Uds., ya saben, con fecha 19 de diciembre del 2024 fue publicada la resolución 121 del SII donde se reiteran las exigencias legales para las compras realizadas en supermercados y restaurantes. Ver: Resolución 121 diciembre 2024.


Producto de esto, es que le SII a estado informando a los contribuyentes de las facturas electrónicas recibidas por compras en supermercados indicando que estas “podrían no cumplir con los requisitos exigidos para la utilización del crédito Fiscal IVA o del gasto asociado a su giro comercial”.


Por otra parte, si las compras realizadas en supermercados de artículos que permitan el desarrollo de su actividad económica y no tienen relación directa con el giro, estas deben ser caracterizadas en el registro de compras como tipo compra: “Supermercados” y evitar así observaciones del F29.


Finalmente, si las compras realizadas en supermercados o establecimientos similares no dan derecho a la utilización del IVA Crédito Fiscal, estas deberán ser caracterizadas en el registro de compras del SII como “No Incluir”, por no ser un gasto necesario para la generación de ingresos dentro del giro del contribuyente.


Es importante que todos los meses verifique todas las facturas electrónicas recibidas por compras en supermercados y que estás cumplan con los requisitos legales para ser utilizadas como gasto y poder utilizar el IVA CF respectivo.


Recordamos que en Contaline, en nuestro maestro de clientes y proveedores contamos con un ticket para identificar a los proveedores de supermercados. De esta manera dichas compras aparecerán informadas en el código 761 y 762 del formulario 29, el cual posteriormente deberá traspasar al formulario 29 del SII realizando la caracterización a supermercados en el registro de compras.

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