El impacto que ha tenido la pandemia del COVID-19, en el área económica ha sido enorme. En este sentido se dio inicio el pasado 2 de julio a la solicitud del Bono Alivio para Pymes, brindándole apoyo a las pequeñas y medianas empresas. Para ello se tiene prevista la atención de empresarios con 820.000 Mypes aproximadamente.
Toda persona natural o jurídica, será optante para este tipo de beneficio, siempre y cuando hayan dado cuenta sobre el inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. La fecha tope para este paso fue el 31 de marzo de 2020, independientemente que estén o no exentas del pago de IVA.
Además, los ingresos anuales por concepto de ventas y demás servicios, deben estar comprendidos entre 0.01 y 25 mil Unidades de Fomento, correspondiente al 2020. En su momento, se tomará en cuenta el valor de la Unidad de Fomento al 31 de diciembre de 2020.
¿Qué requisitos debes consignar para optar al Bono Alivio para Pymes?
En acuerdos previos, se llegó a un acuerdo donde las pequeñas y medianas empresas que pueden solicitar el Bono de Alivio, son las que perciben ingresos anuales inferiores a 25 mil UF. Además deben cumplir los requisitos mencionados a continuación.
- Tener la contratación de por lo menos un empleado en el periodo 2020.
- Poseer la declaración de ingresos percibidos por ventas, un mínimo de dos veces en el año 2020 o 2021.
- Estar incurso en los rubros establecidos para este financiamiento según la ley.
¿Qué montos se otorgan a través de esta bonificación?
Los montos asignados para el Bono de Alivio a Pymes son establecidos por la ley, imponiendo como referencia el aporte correspondiente a un millón de pesos. Este monto será aprobado, siempre y cuando el solicitante cumpla con los requerimientos solicitados.
Sin embargo, existen excepciones para solicitar motos superiores al establecido. Conócelas a continuación.
- Para aquellas empresas que pagan IVA, existe un bono adicional que tiene un límite máximo de 2 millones de pesos.
- Las empresas cuyo titular sea una mujer, percibirá un bono adicional correspondiente al 20% adicional al millón de pesos.
- Las Pymes que tengan trabajadores suspendidos, contarán con un pago anticipado para cubrir sus cotizaciones.
¿Cuáles son los lapsos establecidos para postularte como beneficiario?
Para postularte como posible beneficiario al bono de Alivio para Pymes, solo tendrás que ingresar al portal web del Servicio de Impuestos Internos www.homer.sii.cl. De esta forma realizarás tu solicitud en línea, desde la comodidad de tu hogar.
Podrás procesar esta solicitud a partir del 02 de julio, y se extenderá hasta el próximo lunes 02 de agosto. La asignación y pago inmediato del bono, se efectuará en un período de 20 días posterior a la solicitud vía web.
¿A qué tipo de actividad económica se le otorgará el financiamiento inmediatamente?
Según lo establecido por la ley y los estatutos contemplados por el Ministerio de Hacienda, existe una lista de rubros los cuales están contemplados con el beneficio de Bono de alivio. Esto siempre y cuando se respete el límite permitido de ingresos durante el año 2020. Algunos rubros se mencionan a continuación:
- Fábrica de productos en general.
- Ventas de alimentos, bebidas, textiles, etc.
- Actividad hotelera.
- Restaurantes, discotecas y cabaret
- Agencias de viajes.
- Instituciones educativas.
- Parque de atracción, sitios de recreación y esparcimiento, entre otras.